Quito, 4 de octubre del 2025.
Corte Constitucional de Ecuador anula el estado de excepción en cinco provincias.
La Corte Constitucional de Ecuador declaró la inconstitucionalidad del estado de excepción decretado por el presidente Daniel Noboa en cinco provincias del país, al considerar que la medida no cumplía con los requisitos establecidos por la Constitución ni presentaba fundamentos suficientes que justificaran su aplicación.
El fallo, emitido este viernes, deja sin efecto el estado de excepción en las provincias de Pichincha, Cotopaxi, Bolívar, Azuay y Santo Domingo de los Tsáchilas, donde se habían impuesto restricciones al libre tránsito y reuniones públicas. La Corte argumentó que no existían “hechos graves de conmoción interna” que justificaran una limitación de derechos en esas zonas.
No obstante, el tribunal decidió mantener parcialmente la medida en Carchi e Imbabura, provincias donde sí se evidenciaron focos de alteración del orden público. En esos territorios continuarán las acciones de control de las fuerzas del orden, bajo supervisión y límites definidos por el dictamen judicial.
Asimismo, la Corte anuló el toque de queda nocturno, vigente entre las 22:00 y las 05:00 horas, al considerarlo “una medida desproporcionada” frente a la situación real del país.
El dictamen se emite en medio de un contexto de protestas nacionales convocadas por la CONAIE y diversos sectores sociales, en rechazo a la eliminación del subsidio al diésel. Las manifestaciones han derivado en cierres de carreteras, bloqueos y enfrentamientos con la fuerza pública.
La decisión del máximo órgano constitucional obliga al Gobierno nacional a levantar las restricciones en las provincias afectadas y a buscar soluciones a la crisis mediante el diálogo y mecanismos democráticos.
Hasta el cierre de esta edición, el Ejecutivo no había emitido un pronunciamiento oficial sobre la resolución.